Año 22,
N.º 45: enero - junio 2023
Hallazgos de violencia obstétrica en los
centros de salud de Costa Rica: investigación basada en un análisis de
percepciones de mujeres usuarias de la CCSS
Ana
Lorena de la Garza-Jiménez
https://orcid.org/0009-0009-5670-3630
Bachillerato
en Francés, Universidad de Costa Rica (UCR), de Costa Rica. Licenciatura en
Literatura Francesa, UCR. Máster en Derechos Humanos, Universidad Estatal a
Distancia, de Costa Rica. Coordinadora consular de la Embajada de Canadá en Costa Rica. Correo: analodelagarza@yahoo.com
Resumen
Este
artículo presenta las experiencias de diez mujeres entre los 15 y 19 años que
sufrieron violencia obstétrica en los centros de salud de Costa Rica, entre los
años 2007 y 2020. Para alcanzar el objetivo se utilizó una metodología cualitativa-exploratoria,
en la que se aplicó una encuesta con entrevistas a profundidad, cuyo propósito
fue analizar las percepciones y visiones de las mujeres en torno a la atención
del embarazo, parto y postparto. El análisis se realizó a la luz de los
derechos humanos y el parto humanizado, la violación del derecho a la salud y a
la vida, al no recibir información clara y oportuna, no respetar su privacidad
y el trato no humanitario; escenarios invisibilizados por factores sociales,
culturales y educativos. Entre los hallazgos descubiertos, se observa que el
Estado de Costa Rica –desde el sistema de salud y su personal sanitario– debe
examinar las prácticas estructurales desarrolladas en la cotidianidad
institucional. Las conclusiones llaman a la reflexión sobre la necesidad de
reeducar al personal sanitario, para que se implementen acciones que modifiquen
las conductas que perjudican la salud física, emocional, psicológica y social
de las mujeres. La atención del parto humanizado debe ejecutarse desde el
ejercicio de los derechos humanos, en las unidades de atención institucional
pública y privada.
Palabras
clave: Parto humanizado, atención del parto, humanización del parto, violencia
obstétrica, derechos humanos.
Recibido: 10 de mayo de 2022
Aceptado:
19 de agosto de 2022
Findings of obstetric violence in healthcare centers
in Costa Rica: research based on an analysis of perceptions of female users of
the CCSS
Abstract
This article presents the experiences of ten women
between the ages of 15 and 19 who suffered obstetric violence in healthcare
centers in Costa Rica between the years 2007 and 2020. To achieve this
objective, an exploratory qualitative methodology was used, in which a survey
with in-depth interviews was applied, with the purpose of analyzing the
perceptions and visions of women regarding pregnancy, childbirth, and
postpartum care. The analysis was carried out considering human rights and
humanized childbirth, the violation of the right to health and life, due to not
receiving clear and timely information, not respecting their privacy, and
inhumane treatment, scenarios that are invisible by social, cultural, and
educational factors. Among the findings discovered, it is observed that the
state of Costa Rica –through the health system and its healthcare personnel–
must examine the structural practices developed in institutional daily life.
The conclusions call for reflection on the need to re-educate healthcare
personnel so that actions are implemented to modify behaviors that harm the
physical, emotional, psychological, and social health of women. Humanized
childbirth care should be executed from the exercise of human rights, in public
and private institutional care units.
Keywords
Humanized childbirth, care in childbirth, humanization
of childbirth, obstetric violence, human rights.
Les
découvertes sur la violence obstétricale dans les centres de santé au Costa
Rica: une recherche à partir de l’analyse des perceptions des femmes usagers de
la CCSS
Résumé
Cet
article présente les expériences de dix femmes entre 15 et 19 ans qui ont
souffert de violence obstétricale dans les centres de santé du Costa Rica,
entre les années 2007 et 2020. Afin d’atteindre l’objectif, nous avons utilisé
une méthodologie qualitative-exploratoire dans laquelle nous avons fait des
entretiens en profondeur dont le but a été d’analyser les perceptions et les
visions des femmes concernant les soins de la grossesse, l’accouchement et le
post-partum. L’analyse a été fait à la lumière des droits humains et
l’accouchement humanisé, de la violation du droit à la santé et à la vie, ainsi
qu’au droit à recevoir de l’information opportune et claire; le respect de la
vie privée, le traitement non humanitaire, les scénarios rendus invisibles par
des facteurs sociaux, culturels et éducatifs. Parmi les découvertes, nous
remarquons que l’État du Costa Rica –dès le système de santé et le personnel de
santé– doit examiner les pratiques structurelles développées dans la
quotidienneté institutionnelle. Les conclusions appellent à la réflexion sur le
besoin de rééduquer le personnel de santé afin de mettre en place des actions
qui modifient les comportements qui nuisent la santé physique, émotionnelle,
psychologique et sociale des femmes. Le soin de l’accouchement humanisé doit
s’executer du point de vue des droits de la personne dans les unités
d’attention institutionnelles publiques et privées.
Mots-clés
Aaccouchement humanisé, soin de l’accouchement,
humanisation de l'accouchement, violence obstétricale, droits humains.
Introducción
Teniendo
presente el llamado que hace la Universidad Estatal a Distancia (UNED) como
centro de educación superior para la protección de los derechos humanos, en
este caso concreto el de las mujeres durante su labor de parto y en procura de
edificar una sociedad más humana y vigilante de la salud de las madres, es que
la Escuela de Ciencias Sociales y Humanidades (ECSH), con el propósito de
impactar positivamente la realidad nacional, pone en alerta las diferentes
formas de violencia obstétrica sufrida por las mujeres embarazadas, con lo que se
visibiliza y se levanta la voz, como una iniciativa en favor de esta población.
En
vista de que este es un asunto vital para todas las personas, el presente
artículo plantea una discusión sobre un tema primordial: la magnitud de la
violencia obstétrica en el país, siendo que el 100 % de las mujeres con al
menos una hija o hijo nacido vivo entre 2016 y 2018, vivenció algún tipo de
violencia obstétrica[1].
La
importancia de este estudio radica en que las pacientes expresan haber sido víctimas
de maltrato cuando fueron a dar a luz a sus bebés en algún centro público de
atención de salud, esto es, en los centros hospitalarios de la Caja
Costarricense de Seguro Social (CCSS). Por ello, se realizó una investigación
para revisar los tipos de agresión manifestados por las madres, ejercidos por
el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos, el trato
deshumanizado, el abuso de medicalización y la patologización de los procesos
naturales del alumbramiento.
Las
razones por las cuales este centro de educación superior motiva a sus
estudiantes a investigar sobre el tema son muchas, pero se presentan al menos
tres razones notables: 1) la patologización física (práctica médica invasiva y
medicalización arbitraria), 2) la patologización psicológica (degradación,
humillación, palabras soeces, negligencia, desinformación) con el agravante de
que estos hechos son escasos o nulos en lo que respecta al conocimiento de la
población y 3) la divulgación de la información sobre derechos y deberes de
todas las partes que intervienen en estos procesos.
Antecedentes
A
nivel nacional, la Defensoría de los Habitantes de Costa Rica realizó y publicó
un estudio en el 2015 que nació a raíz de varias situaciones puntuales presentadas
en los hospitales de las mujeres, Limón y Liberia, entre ellas, la no
autorización del acompañamiento a mujeres embarazadas por una persona de su
confianza antes, durante y después del parto, la falta de especialistas que
obliga al traslado de las pacientes a otros centros hospitalarios, la carencia
de equipo y el mal trato recibido durante su estancia en labores de pre y post
parto[2].
Asimismo,
se llevó a cabo una audiencia temática sobre violencia obstétrica, donde el Estado
costarricense fue convocado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH), del 17 al 28 octubre del 2015. Se dieron dos sesiones, la primera sobre
situaciones de violencia obstétrica en Costa Rica y la segunda sobre la
situación de los derechos humanos de las personas afrodescendientes (ambas se
realizaron el 23 de octubre del 2015).
En
cuanto a la primera audiencia, la gerente médica de la CCSS, María Eugenia
Villalta, se refirió a los esfuerzos que viene realizando esta institución para
mejorar la calidad y calidez de atención a mujeres embarazadas, parto,
puerperio y lactancia. Ella indicó la importancia que se le está dando al tema
de violencia obstétrica y a la generación de medidas para abordar las
situaciones que causen inconformidades.
A
este respecto, en un estudio realizado en el 2016 por Julia Johannsen, autora
invitada del Banco Interamericano de Desarrollo, se indica que no se trata de
casos aislados, sino que existe una violación estructural y sistemática a los
derechos humanos de las mujeres por parte de los órganos del Estado, los cuales,
en principio, son los responsables de respetar y proteger los derechos del
parto humanizado. Johannsen, afirma:
El parto humanizado es conocido
también como parto respetado, y es una modalidad de atención de parto que se
caracteriza por el respeto a los derechos de los padres y los niños en el
momento del nacimiento. Se ha llamado «humanizado» al modelo de atención del parto que pretende
tomar en cuenta, de manera explícita y directa, las opiniones, necesidades y
valoraciones emocionales de las mujeres y sus familias en los proceso de
atención del embarazo, parto y puerperio; persiguiendo como objetivo
fundamental que se sirva la experiencia del nacimiento como un momento
especial, placentero, en condiciones de dignidad humana donde la mujer sea
sujeto y protagonista de su propio parto, reconocimiento el derecho de libertad
de las mujeres o las parejas para tomar decisiones sobre dónde, cómo y con
quién parir en este momento tan importante de su historia.[3]
Las
consecuencias de estas violaciones afectan la vida y la salud, tanto mental
como física, así como la dignidad y el derecho a la justicia de las mujeres y
sus infantes, lo cual –analizado bajo el enfoque de género– crea un trato
desigual, concretamente, en la atención de la salud vinculada con la biología
reproductiva de las mujeres, ya que:
el enfoque de género considera las
diferentes oportunidades que tienen los hombres y las mujeres, las interrelaciones existentes
entre ellos y los distintos papeles que socialmente se les asignan. (…) tienen
necesidades y problemáticas sanitarias distintas no sólo por sus diferencias
biológicas, sino también a causa del papel específico que les ha asignado la
sociedad según los patrones sociales y culturales prevalecientes. La salud del
hombre se ve a menudo amenazada por afecciones asociadas a las enfermedades
profesionales, los accidentes de trabajo y al consumo de tabaco, alcohol o
drogas (…) En cambio, muchos de los riesgos principales en la salud de la mujer
están vinculados con su biología reproductiva. Su salud es más frágil durante
el embarazo.[4]
De
acuerdo con las Naciones Unidas, «los
derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin
distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o
étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición»[5].
Teniendo
claro el diagnóstico, y tal como se ha explicado, la investigación se apoya en
la metodología antes descrita de evaluación-entrevista, grupo focal y en las
vivencias de mujeres, vinculado a los instrumentos internacionales a los que
está suscrita la República de Costa Rica, como la normativa nacional
(protocolos, modelo, leyes). El propósito es evidenciar los hallazgos
descubiertos mediante los testimonios de las personas participantes en este
estudio, para visibilizar las expresiones de vulneración de los derechos de las
mujeres en cuestión.
Con
base en la literatura consultada, se logran identificar muchos vacíos
relacionados con la promoción del parto humanizado y la prevención de la
violencia obstétrica. A pesar de que existen varias investigaciones sobre el
tema, esta es una realidad latente en los centros de salud y se parte de la premisa
de una motivación por ampliar los conocimientos hacia el fortalecimiento del
Modelo del Parto Humanizado y la prevención de la violencia obstétrica.
Si
bien Costa Rica está suscrita a tratados internacionales y normativas
nacionales, la realidad declarada por medio de las entrevistas demuestra que la
existencia actual de violencia obstétrica contra las mujeres representa una
falta grave en un país democrático, libre, independiente y respetuoso de los
derechos humanos. En este sentido, se vislumbra la necesidad de promover
propuestas de mejora a nivel social, cultural, político y educativo que
prevengan este tipo de violencia, las cuales pueden surgir en otros estudios, a
partir de los descubrimientos encontrados en esta investigación.
Problema
de investigación
Se
establece una delimitación temporal desde el 2007 hasta el 2020 y una delimitación
espacial en los hospitales Max Peralta, San Juan de
Dios, San Rafael de Alajuela, Hospital de la Mujer y Calderón Guardia, que
permite el planteamiento de las siguientes preguntas de investigación: ¿Existe
una verdadera obligación del Estado costarricense por garantizar y proteger los
derechos humanos de las mujeres antes, durante y después del parto, en los
hospitales Max Peralta, San Juan de Dios, San Rafael de Alajuela, Hospital de
la Mujer y Calderón Guardia? ¿Tiene el Estado costarricense claramente
definidos los estándares de calidad en su sistema de salud para proteger a la
mujer embarazada antes, durante y después del parto, y las políticas públicas
para este fin? A partir de esta reflexión: ¿Qué perciben las mujeres respecto
al trato recibido?
Estos
elementos dan paso para el planteamiento de los siguientes objetivos. Como
objetivo general se busca analizar las percepciones y visiones de mujeres en
torno a la atención del embarazo, parto y postparto en los centros de salud Hospital
Max Peralta, Hospital de la Mujer, San Rafael de Alajuela y San Juan de Dios,
con el fin de identificar aspectos de mejora y fortalecimiento con respecto a
la implementación del Modelo de Atención Calificada en el Embarazo, Parto,
Posparto.
Entre
los objetivos específicos se encuentran: a) exponer las obligaciones del Estado
para la prevención y atención de la violencia obstétrica haciendo referencia a
los instrumentos internacionales y a los compromisos del Estado costarricense; b)
definir los estándares de calidad del sistema de salud con base en la normativa
administrativa para proteger a la mujer embarazada antes, durante y después del
parto (Modelo de Atención Calificada en el Embarazo, Parto y Postparto, la Guía
de atención integral a las mujeres, niños y niñas en el periodo prenatal, parto
y postparto, el Protocolo del parto humanizado, las políticas públicas y la ley
9824, Reforma del artículo 12 de la Ley 5395, Ley General de Salud del 30 de
octubre de 1973) y en las políticas públicas; finalmente, c) formular
propuestas y recomendaciones con respecto a la legislación, normativa y el modelo,
a la luz de las experiencias y vivencias de las mujeres.
Aclaraciones
metodológicas
Esta
investigación se desarrolla a partir de un enfoque de derechos, por lo que está
encuadrada en el marco de la normativa jurídica nacional e internacional que
abriga el proceso de embarazo, parto y postparto. El estudio está orientado
desde el paradigma sociocultural, entendiéndose este como:
El proceso de construcción de la cultura
es la ordenación de todos los contenidos de vida y formas de vida de una
sociedad humana, desde el punto de vista de un valor (o un grupo de valores)
superior, determinante de todo (…) Es el conjunto de usos e instituciones que se
refieren a la familia, las formaciones políticas, la economía, el trabajo, la
moral, las costumbres, el derecho y el modo de pensar ligadas todas ellas a la
vida de la comunidad en la que se desarrollan y que perecen con ella.[6]
La
exploración está elaborada con un enfoque cualitativo-exploratorio y busca dar
a conocer un fenómeno reconocido legalmente hace poco tiempo. En este caso
concreto, evidenciar la vulneración de los derechos y la dignidad de la mujer
antes, durante y después del parto como personas que forman parte activa de la
sociedad.
En
esta línea, se pretende explicar el fenómeno estudiado a partir de sus orígenes
–sean estos la sociedad patriarcal, la cultura, el machismo y la ignorancia en
el trato humanitario– y comprenderlo a partir de la vivencia de las mujeres, a
la luz de dos teorías: la perspectiva de género y el enfoque de derechos
humanos.
Esta
aplicación teórica pretende explicar y entender los procedimientos
ginecobstetras, teniendo en cuenta las condiciones de tiempo, modo y lugar en
el que este fenómeno se presenta en las salas de parto de las instituciones
públicas de salud en Costa Rica.
Para
realizar el proceso de investigación, la población estuvo conformada por una
muestra de diez mujeres que ya habían dado a luz del 2007 al 2020, seleccionadas
por conveniencia, a las que se les aplicó una entrevista estructurada a
profundidad. Este proceso de entrevistas se desarrolló durante un período de 12
meses, realizadas con el más absoluto respeto, imperiosa confidencialidad y
discrecionalidad. Además, las personas firmaron, de forma voluntaria, un
consentimiento informado donde se explica el objeto de estudio y sus
propósitos, así como su completa libertad para abandonar el estudio en el
momento en que decidieran hacerlo. Se les comentó que, si no comprendían algún
concepto o palabra, podían suspender la entrevista para hacer las aclaraciones
del caso. Cada entrevista fue de 45 minutos a una hora, se les expuso en este
tiempo que no existían riesgos y que su participación era libre y voluntaria.
Como
complemento y para ampliar la calidad y cantidad de la muestra de estudio, se
hizo un grupo focal compuesto por ocho mujeres, quienes relataron su
experiencia en el parto. Finalmente, se recogió un testimonio escrito vivido en
este país, por una mujer europea –defensora de los derechos humanos– quien se
ofreció para apoyar la investigación; asimismo, se recopilaron otras diez
vivencias de mujeres, las cuales fueron publicadas en un periódico nacional[7].
Como
se especificó anteriormente, el objetivo planteado en esta investigación
exploratoria es analizar las percepciones y visiones de las mujeres en torno a
la atención del embarazo, parto y posparto en los centros de salud pública de
la provincias de San José, Alajuela y Cartago, elegidas de forma aleatoria, quienes
dieron a luz entre los años 2007 y 2020. Justamente, este último año fue cuando
el proyecto de ley de la reforma de protección a la mujer embarazada, antes,
durante y después del parto estaba en discusión en el plenario del primer poder
de la república –la Asamblea Legislativa– que luego, al aprobarse por mayoría
legislativa, salió publicado en La Gaceta en el 2022.
En
su artículo 1, objeto de la ley, esta señala:
El
presente proyecto de ley tiene por objeto proteger y garantizar el derecho
humano de las mujeres y de quienes integran las familias gestantes, para lograr
un embarazo, parto, posparto y puerperio con atención calificada y de gestión
humanizada, asegurando el ejercicio de estos derechos, así como los derechos de
las personas recién nacidas; con el propósito de contribuir a la disminución de
la morbimortalidad materna y neonatal; promoviendo la vivencia de una
maternidad digna, saludable y segura, con el menor riesgo posible, mediante la
prestación oportuna, eficiente, con calidad y calidez de los servicios de salud
prenatal, del parto, posparto y de la persona recién nacida, contribuyendo al
desarrollo humano de la familia.[8]
CIDH
convoca a Costa Rica por omisión institucional de prácticas sanas contra la violencia
obstétrica
La
parte práctica de esta investigación se ha ocupado de observar y registrar los
hábitos culturales y los comportamientos sociales de las personas
participantes, al escuchar cuáles han sido las decisiones y acciones de los
grupos de salud que las han atendido, así como la información recopilada en
entrevistas, donde se ha evidenciado el comportamiento de las mujeres y cómo se
manifiesta en el escenario de una sala de partos lo aprendido a través de las
tradiciones, los mitos, las creencias, el lenguaje, las prácticas culturales y
otros, que se asientan sobre la base del patrón cultural de la atención de
partos en Costa Rica. Esto se ha realizado mediante una recopilación de datos
con un enfoque cualitativo, para hacer hincapié en los aspectos vivenciales de
las mujeres que han sufrido violencia obstétrica, primero, y del personal
profesional que interviene o que es espectador del evento, por ejemplo, el
personal de enfermería asistente (examinado y observado a través del testimonio
de las mujeres entrevistadas). Se debe decir que todo este escenario se desarrollaba
sobre la normativa nacional e internacional, que regula los procedimientos sanitarios
y la ética profesional del personal de atención.
Aunado
a lo anterior, a pesar de que el Estado costarricense tiene la obligación de
garantizar y proteger los derechos humanos de la ciudadanía, en sus tres
niveles: respeto, protección y garantía de cumplimiento[9],
lo cual es débil o nulo, esta realidad se hace visible en los resultados de la encuesta
Estado de la Mujer del 2019.
También
existe certeza de este tipo de violencia, primero en un estudio de la Defensoría
de los habitantes de Costa Rica (2015), por anomalías en el Hospital de las
Mujeres, en Limón y Liberia. Ese mismo año, Costa Rica fue convocada por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a una audiencia sobre violencia
obstétrica. Lamentablemente, escaló al estrado internacional, tanto por el
nivel de gravedad de la situación, como por la no respuesta y omisión de las
instituciones nacionales.
Es
muy interesante la
encuesta más reciente de la Encuesta Mujer, Niñez y Adolescencia (2019), la
cual informa los tipos de violencia donde queda demostrado que los esfuerzos
del Estado han resultado insuficientes, y que en la interacción social de un
centro hospitalario se establece una relación de poder implícita, a partir del
conocimiento que presume la profesión médica ante el rol pasivo de las mujeres
en estado de embarazo y a punto de dar a luz, donde se da una relación personal
sanitario-paciente embarazada, en la que se ejecuta un poder disciplinario que
abre un espacio confrontativo de sapiencia científica-académica, el cual define
quién posee la sensatez y quién no, en una condición en la que la necesidad de
la mujer en labor de parto debe ser definida como una carencia percibida, desde
la noción de necesidades humanas básicas a la luz del enfoque de los derechos
humanos.
Dentro de las
violaciones descritas en la encuesta citada, se encuentran el no consultar
cuando les aplican medicamento o procedimientos, no dar explicaciones
comprensibles, episodios de regaño o gritos, críticas, comentarios despectivos,
falta de apoyo, obligarlas a pujar e inclusive, agredirlas físicamente.
Violencia obstétrica desde la perspectiva de género y los
derechos humanos
Como se explicó en párrafos anteriores, la violencia
obstétrica es una forma de violencia de género que está incrustada en los
centros de salud de Costa Rica. Se normaliza y se revela en el acto tosco y la
palabra soez, perpetrado por el personal sanitario frente a una criatura humana
vulnerable, que se halla en un hecho íntimo, porque ¿a quién le gusta que le
digan pendeja? ¿Quién quiere oír, «así es como duele, aguante»? ¿Por qué a un
parto que trae vida le anuncian muerte antes de que ocurra? ¿A cuál madre que
ha tenido una criatura en su vientre por meses, le va a agradar oír que no le
ponen el estetoscopio «porque ese óbito no va a vivir»? La violencia obstétrica
está normalizada por todas partes, cuando se tiene claro que los derechos humanos
no son simplemente «el ser», sino «el deber ser», como un valor establecido en
el trato humanitario.
La ausencia del respeto de las autoridades en el
cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres es indiscutible, al quedar
estos casos en el silencio y la impunidad.
Lo femenino y masculino se construyen en la sociedad. El
género se refiere no solo a los roles, actitudes, valores y relaciones de
infancia, sino que erige instituciones sociales como la del derecho, control
social, religión, familia, el imaginario y la ideología, que crean posiciones
sociales distinguibles con desigualdad de derechos y responsabilidades entre
los sexos.
Esta forma de violencia solo la sufren las mujeres por
ser mujeres posibilitadas de embarazarse y de dar a luz. La violencia
obstétrica impacta los derechos humanos de las mujeres, al coartar el derecho a
la salud, libertad, dignidad e intimidad. La perspectiva de género visibiliza
la desigualdad entre los sexos, corre el velo patriarcal y desnuda el momento
del acto violento de cierto personal médico que lanza sobre las pacientes un
trato despectivo, denigrante, violento y
discriminatorio. A este respecto, Costa Rica tiene una normativa administrativa
suscrita a convenios internacionales[10].
Normativa
administrativa para embarazo, parto y posparto en Costa Rica
La
Comisión de Alto Nivel para la Atención Calificada del parto ha elaborado un instrumento
llamado Guía de atención integral a las mujeres, niños y niñas en el período
prenatal, parto y posparto, que postula un conjunto de lineamientos para el
apoyo del parto humanizado, el cual es de cumplimiento obligatorio. Entre sus
normas están respetar la privacidad durante la labor del parto, garantizar la
calidez en la atención, el derecho a ser acompañada, tener acceso a líquidos, ser
informada de que los tactos deben ser con consentimiento, no obligar a pujar ni
realizar la episiotomía de rutina si no es necesaria[11].
Esta normativa ha sido fortalecida con la aprobación de la ley para proteger a
la mujer embarazada antes, durante y después del parto.
Ley
10081-Derechos de la mujer durante la atención calificada, digna y respetuosa
del embarazo, parto, posparto y atención del recién nacido
El
Plenario Legislativo, con completo respaldo del Poder Ejecutivo (2022),
establece en este marco legal que las mujeres deben recibir: un trato cordial
por parte del personal del centro médico, información sobre los procedimientos
e intervenciones, atención oportuna y estar acompañada durante el parto, entre
otros. Este instrumento legal se une a la normativa internacional a la que
Costa Rica está suscrita. De estos, se van a detallar los puntos únicos
vinculados con la comprobación de atropellos ocurridos a las mujeres
seleccionadas como muestra para este estudio, más las participantes del grupo
focal.
Normas
interamericanas de violencia obstétrica firmadas y ratificadas por el Estado de
Costa Rica
La
Convención de Belem Do Para señala, en el artículo 3): «La mujer tiene derecho
a vivir libre de violencia», y en su artículo 4): «Toda mujer tiene derecho al
goce, ejercicio y protección de los derechos humanos que comprenden, entre
otros, al derecho al respeto de su vida, el derecho a su integridad psíquica,
física y moral; y el derecho a que se le respete la dignidad inherente a su
persona y que se proteja a su familia».
La
Organización Mundial de la Salud suscribe en el documento llamado
«Recomendaciones de la OMS para los cuidados durante el parto, para una
experiencia de parto positiva: Transformar la atención a mujeres y neonatos
para mejorar su salud y bienestar» en el inciso 9), «que no se justifica el uso
rutinario de la episiotomía».
Visibilización
de la violencia obstétrica: percepción, visión y concepción de las mujeres
Se han tomado dos grupos de mujeres
para indagar el tema. Cada grupo está conformado por diez participantes, más un
grupo focal constituido por ocho mujeres, a lo que se sumó un testimonio
voluntario. Son, en total, 29 personas que colaboraron de forma trasversal en
este estudio.
En este apartado, a cada
declaración se le ha colocado un nombre ficticio y una fecha, con el propósito
de resguardar la identidad de cada una de las mujeres entrevistadas y proteger
su condición humana de derechos en la esfera privada. Los casos se describen
como sigue.
En el primer grupo de trabajo de
Melissa Flores, publicado en Delfinocr, de diez, tres mujeres con duelo por
pérdida, de muerte perinatal, declararon haber sido maltratadas verbalmente por
el personal médico, situación de agresión que se pudo ver con claridad a través
de este estudio, en el que muchas fueron las ocasiones en que la violencia
obstétrica estuvo presente: los comentarios inapropiados, las críticas y el uso
de vocabulario áspero expresado de forma fría y desagradable reflejan una
asistencia médica poco ética y muy deshumanizada.
En el segundo caso, a una de las
madres consultadas, la enfermera obstetra le dijo: «(…) no le voy a poner el
estetoscopio porque, de por sí, el óbito no va a vivir (…)»[12].
A otra, cuando ya había perdido a su hijo, estando impactada en su proceso de
duelo, el médico pasó y le dijo «(…) ese es el cuarto de las lloronas (…)»[13].
El
tercer caso es aún más grave, pues le practicaron un aborto terapéutico sin
consentimiento informado y sin previa explicación. «Al despertar, vi a mi bebé
flotando en un frasco de vidrio transparente»[14].
La
madre en cuestión manifestó haber experimentado una condición de ansiedad,
indefensión, dolor emocional, miedo y daño psicológico. Dichos indicadores revelan
que estas manifestaciones fueron producto de una resolución poco consistente por
parte del personal de salud, que incluye violencia física y psicológica, así
como omisiones de comunicación sobre el tratamiento aplicado, una práctica
transgresora tanto de la institución como del personal a cargo, lo que se
transforma en detrimento físico y mental de la integridad de la paciente, y de
forma paralela trae consigo pérdida de autonomía por haber sido privada de la
capacidad de decidir libremente, impactando de forma negativa en su calidad de
vida.
En
dos mujeres de diez, es posible constatar que se ha causado daño deliberado a
la salud, lo que ha incurrido en una violación grave de sus derechos al haber
sufrido humillación, ironía, manipulación, inercia laboral y negación de dar lo
necesario para cubrir la desnudez, más la aplicación de violencia física en el
uso de un instrumento quirúrgico cuando ya no es necesario y otras en las que
la madre fue herida debido al haber sido examinada por una enfermera con las
uñas muy largas: A una, la enfermera le hizo el tacto vaginal con las uñas
considerablemente largas, maltratándole con rasguños el canal vaginal[15].
«Otra sufrió agresión por pedir una bata más pequeña, entonces el médico la
desnudó frente a personas desconocidas y le hizo tirada la otra bata».[16]
«A una de diez se le practicó
la episiotomía usando el bisturí, cuando ya no era necesario y después de haber
tenido a su hijo, lo cual le causó maltrato físico»[17].
Las implicaciones de la unión materno-fetal en el
proceso de parto se ve afectada de forma negativa si el trato hacia la mujer es
indigno, si el maltrato verbal afecta lo mental y emocional o si de alguna
manera el personal de salud atenta contra los derechos de la mujer, como ser
humano: A dos se les dio maltrato verbal. Una de ellas declaró que estaba con
dolor y al sentarse en la camilla con las sandalias puestas, el médico le dijo:
«Usted es una cochina»[18]; a la otra,
al quejarse del dolor, las enfermeras y el doctor le dijeron «(…) pendeja,
cuando estaba haciendo el bebé, no gritaba (…)».
La atención médica en un proceso de parto, que no
debería representar riesgo para la vida de la mujer, se puede transformar de
repente en una emergencia que lleva a una condición de salud grave, la cual pone
en peligro la vida y la salud del recién nacido y de la madre.
A causa de negligencia o falta de vigilancia
estricta de las indicaciones de los especialistas que emiten criterio
profesional acerca de la atención en casos particulares, se dan situaciones
como estas: «A dos, de diez, se les hizo mala praxis. Una llevaba referencia
para cesárea y decidieron dejarla en labor de parto seis horas, por lo que el
bebé tuvo sufrimiento fetal y como consecuencia, estuvo internado en el
Hospital de Niños, por diez días»[19]. A otra le dejaron gazas en su interior, le dio
retención urinaria por el bloqueo con el material, se quejaba de dolor y le
decían las enfermeras «(…) aguante, así duele, aguante (…)», cuando se percataron
de la mala praxis le tuvieron que administrar analgésico, desinflamatorio y
antibiótico intravenoso.
El total de mujeres entrevistadas de este grupo no sabía
qué es violencia obstétrica, ni el concepto de parto humanizado, tampoco estaban
informadas sobre sus derechos humanos. En ninguno de los casos se recibió una
formación respecto al parto, en todos hubo mala formación durante el embarazo y
con respecto a la labor de parto hubo un caso particular en que a la paciente
no le pidieron el consentimiento y permitieron el ingreso de dos compañeros de
su misma universidad.
En el segundo grupo de mujeres seleccionadas y
entrevistadas personalmente por la investigadora, los casos se describen como
sigue.
Tres de las diez mujeres no sabían del todo lo que
es violencia obstétrica. Siete no sabían lo que significa un parto humanizado.
Esta clase de violencia ha sido naturalizada tanto de parte del personal médico
y obstétrico, como de las mismas mujeres, ya que
prefieren concentrarse en la
satisfacción de la nueva vida recibida, de forma que esto minimiza el malestar
del estado emocional.
La violencia obstétrica violenta los derechos
humanos de las personas femeninas, atenta contra los derechos del cuidado del
cuerpo, la integridad, los derechos sexuales y reproductivos, el derecho a la
no discriminación, a ser informadas. En casos más graves, atenta contra el
derecho del trato humanitario: a cinco de las mujeres en labor de parto, les
practicaron exámenes vaginales con tacto, sin consentimiento informado y sin
consentimiento verbal. Tres de diez sufrieron fuerza física y dos, restricción
física.
Respecto a comentarios sexuales se presentaron dos
casos en los que el personal de enfermería fue el protagonista de la agresión.
Es relevante mencionar que en los actos de violencia obstétrica el personal de
enfermería puede vincularse, pues está en mayor contacto con la paciente desde
su ingreso hasta su egreso, pasando por el momento del parto. Aunque está claro
que no se justifica de ningún modo, el agravio ejercido sobre las mujeres que
están en labor de parto: una declaró que mientras estaba en sala de partos
había junto a ella una adolescente de quince años, que gritaba de dolor. Las
enfermeras le decían «(…) cuando la tenían clavada, no se quejaba ¿verdad?». Mientras
las otras mujeres que esperaban su parto, murmuraban «(…) Ve, aquí hay que
venir a punto de dar a luz, porque el trato es pésimo (…)».
Un acto de violencia obstétrica que puede causar
riesgo y complicaciones en la salud de la mujer gestante y el neonato es la
omisión de información por parte del personal de salud, aunado al piquete
vaginal o episiotomía que se realiza después del parto, siendo un procedimiento
que ya no es necesario. Por ejemplo, a cinco mujeres no se les dio ningún tipo
de explicación sobre los procedimientos a los que iban a ser sometidas, y la
episiotomía se les practicó a tres, sin que fuera del todo necesario.
Del total de mujeres, permitieron la entrada a sala
de partos solo a cuatro de sus parejas. De diez, solo a siete les permitieron
ver a su hijo al nacer. Respecto a la información de parto, el total, diez
manifestaron no haber tenido ninguna formación.
El tercer bloque, el grupo focal, tuvieron partos
entre el 2007 y el 2020. Se debe decir que mientras la investigadora las
entrevistaba, entraron en crisis de llanto al recordar el maltrato sufrido
tanto físico como verbal. Dentro de las manifestaciones estuvieron que no se
les permitió ver al bebé al nacer, les hicieron episiotomía después de haber
nacido la criatura y no le permitieron a la pareja acompañarlas en la sala de
partos.
Es importante recalcar que al final de la
actividad, todas las mujeres participantes en las entrevistas, grupo focal y
vivencias expresaron que formaban parte de este trabajo con la esperanza que el
Estado costarricense y la CCSS hicieran cambios sustanciales con respecto al
trato de las mujeres antes, durante y después del parto, y así su aporte ayudará
a futuras madres para que no sufrieran este tipo de violencia tan terrible.
Con
base en la vivencias, entrevistas y grupo focal compartidos por las mujeres sujetas
de estudio se logra identificar varios derechos humanos violentados en las
salas de parto de centros hospitalarios: derecho a la vida, derecho a la salud,
derecho a la información, derecho a la vida privada, derecho a recibir un trato
digno, derecho a la integridad personal, derecho a ser tratada con respeto, derecho
de las mujeres a vivir libres de violencia y derecho a no ser sometida a
tortura ni a recibir tratos inhumanos crueles y degradantes.
Conclusiones
En este artículo se ha analizado,
de manera resumida, cómo el origen de la violencia obstétrica está intensamente
arraigado en relaciones de poder, en el que el género y la jerarquía médica son
conceptos centrales, donde el parto es visto y tratado como un tema de
enfermedad, más que un tema de vida que perpetúa la subordinación de las
mujeres mal-tratadas como niñas que no saben ni pueden tomar sus propias
decisiones, incapaces de saber o entender qué les ocurre, cómo y cuándo dar a
luz.
Después de examinar los elementos descubiertos
en los conjuntos de mujeres entrevistadas, se puede deducir que en este
escenario existen tres tipos de violencia: 1) violencia cultural [manifestaciones
culturales en la sociedad costarricense que crea legitimación de actitudes, y reprime
o inhibe la respuesta de quienes las sufren], 2) violencia estructural [se
considera la más peligrosa, y se da por no ver satisfechas las necesidades que
se tienen –supervivencia, libertad, bienestar, identidad–, que es permisiva con
la injusticia y la desigualdad, se
origina en estructuras sociales y es la violencia que está tan diluida que
dificulta muchísimo su identificación y el poder actuar, ya que está
prácticamente normalizada], y 3) violencia directa, que se ejerce de forma
coercitiva sobre las personas, ya sea física o verbalmente[20],
que se conecta con la violencia obstétrica, que es un tipo de violencia de
género y que atropella los derechos humanos.
Se ha comprobado, a través de este
artículo que la violencia obstétrica deja consecuencias físicas, psicológicas,
emocionales y más, tanto en el postparto inmediato (los días después de parir),
como en el puerperio (tiempo en que tarda el organismo en restaurar su estado
normal) y también en el entorno de la cotidianidad de la madre.
Recomendaciones
El
sistema de denuncias debería ofrecer un sistema más accesible y ágil para no
revictimizar a la mujer.
Deben
sentarse responsabilidades, implementar un sistema de sanciones o repercusiones
individuales profesionales, a partir de la Ley 10081 ya aprobada, para intentar
reparar los daños causados a las mujeres e infantes víctimas de la violencia
obstétrica.
A
partir de esta intervención, se considera necesario preparar, educar, formar e
informar a las mujeres con el propósito de que tomen conciencia de sus derechos
y estén empoderadas, para que sean capaces de reconocer esta violación, además,
sean competentes para exigir el cumplimiento de sus derechos.
Esta
afirmación debe extenderse a la población adolescente de mujeres y hombres,
padres y madres, familias extendidas, vecinos y amigos y a la población en
general, informando por diversos canales de comunicación que existe un modelo
de atención al parto y que en el país hay leyes aprobadas para proteger a las
mujeres en el embarazo, parto y postparto. La población de mujeres debe estar
bien informada sobre su derecho a un parto digno y a no sufrir ningún tipo de
violencia obstétrica.
Formato de citación según APA
De
la Garza-Jiménez, A. L. (2022). Hallazgos de violencia obstétrica en los
centros de salud de Costa Rica: investigación basada en un análisis de
percepciones de mujeres usuarias de la CCSS. Revista Espiga, 22 (45).
Formato de citación según Chicago-Deusto
De
la Garza-Jiménez, Ana Lorena. «Hallazgos de violencia obstétrica en los
centros de salud de Costa Rica: investigación basada en un análisis de
percepciones de mujeres usuarias de la CCSS». Revista Espiga 22, n.º 45 (enero-junio, 2022).
Referencias
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Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos (COPREDEH). Ciudad de
Guatemala: Editorial Sede Naciones Unidas, s.f. https://ilo.org/dyn
[1] Eugenio Fuentes, Violencia
obstétrica y su relación con determinantes sociales de la salud a partir de
evidencia estadística en Costa Rica (2009-2011 y 2016-2018) (San
José: EUCR, 2020).
[2] Defensoría de los
Habitantes. Informe de Investigación de Oficio. Junio de 2015 sobre violencia
obstétrica. Expediente n.° 135530-2013-SI (San José: Defensoría de los
Habitantes, 2015).
[3] Julia Johannsen, «Parto
humanizado, la información es poder», en Banco Interamericano de Desarrollo,
Mejorando Vidas (Banco Interamericano de Desarrollo, 2016), https://blogs.iadb.org/salud/es/parto-humanizado/
[4] Christopher Murray, J. L. and Alan D. López, Global and regional cause-of-death patterns in 1990, Bulletin n.o 72, (Organización
Mundial de la Salud, 1994), 447-480, https://apps.who.int/iris/handle/10665/264041 ISSN 0042-9686
[5] Comisión
Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos
Humanos (COPREDEH), Manual para la transversalización del enfoque de
derechos humanos con equidad (Ciudad de Guatemala: COPREDEH, s.f.), www.copredeh.gob.gt
[6] Barnes Ogburn,
citado por Friedrich Dorsh, Diccionario de Psicología (Barcelona: Editorial
Herder, 1994), 177.
[7] Bárbara Medrano, Violencia perinatal y obstétrica en Costa
Rica: un reclamo vehemente en el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la
Mujer (San José, 2021), https://delfino.cr › 2021/11violencia...
[8] Asamblea
Legislativa Costa Rica, Ley n.°10081, Derechos de la mujer durante la
atención calificada, digna y respectuosa del embarazo, parto, posparto y
atención del recién nacido (San José: La Gaceta, 2022), 1-10, https://ilo.org/dyn
[9] Comisión
Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos
Humanos (COPREDEH) (Ciudad de Guatemala: Editorial Sede Naciones Unidas, s.f.).
[10] Alda Facio, «Obligación de no discriminación. El derecho a la no
discriminación. Interpretación de los principios de igualdad y no
discriminación para los derechos humanos de las mujeres», Revista del
Sistema Interamericano (San José: Instituto Interamericano de Derechos
Humanos, 2008), 9-24.
[11] Caja Costarricense
de Seguro Social, Guía de atención integral a las
mujeres, niños y niñas en el período prenatal,
parto y posparto (San José: CCSS, 2009), 85-97, https://www.binasss.sa.cr
[12] Melissa Flores,
actora y entrevistadora, víctima de violencia obstétrica y activista en
Derechos Humanos. noviembre 2018.
[13] Entrevista de Melissa Flores, 2016.
[14] Entrevista de
Melissa Flores, paciente anónima, s.f.
[15] Entrevista a Valeria, por
Melissa Flores, publicada en Delfino.cr, 2015.
[16] Entrevista a Tatiana, por
Melissa Flores, publicada en Delfino.cr, s.f.
[17] Entrevista
realizada a paciente anónima, Melissa Flores, publicada en Delfino.cr, s.f.
[18] Entrevista a Liz, por
Melissa Flores, publicado en Delfino.cr, 2016.
[19] Entrevista a
Glenda, por Melissa Flores, publicada en Delfino.cr, 2016.
[20] Johan
Galtung, Tras la violencia, 3R: reconstrucción, reconciliación,
resolución. Afrontando los efectos visibles e invisibles de la guerra y la
violencia (Bilbao: Editorial Bakeaz, 1998), 115.